Icaza, González-Ruiz & Alemán reconocida en LACCA Approved 2018
04/10/2019Icaza, González-Ruiz & Alemán ranked in Chambers & Partners Latin America 2018
04/10/2019[vc_row][vc_column][vc_column_text]El Gobierno de Panamá incluyó recientemente a la República Bolivariana de Venezuela dentro de los países cuyos nacionales requieren de una Visa Estampada por el Cónsul para ingresar al territorio nacional. Esta nueva legislación entró en vigencia el 1 de octubre del presente año, tal y como lo establece el Decreto Ejecutivo No. 473 de 23 de agosto de 2017, publicado en Gaceta Oficial No. 28349-B de la misma fecha.[/vc_column_text][wgl_spacing spacer_size=”10px”][vc_column_text]Antes de abordar el análisis de los cambios que esto conlleva, consideramos apropiado empezar por diferenciar las tres clasificaciones que hace el Servicio Nacional de Migración, respecto a lasautorizaciones que debe solicitar un extranjero para ingresar a la República de Panamá. La clasificación obedece principalmente a las nacionalidades de quienes pretendan ingresar al país y la situación sociopolítica y migratoria que exista en dichos países. Así, tenemos que algunos extranjeros requerirán: a) de una Visa Autorizada, o b) de una Visa Estampada por el Cónsul panameño, mientras que otros disfrutarán de una Supresión de Visa para ingresar a nuestro territorio.[/vc_column_text][wgl_spacing spacer_size=”10px”][vc_column_text]Quienes posean Supresión de Visa, pueden ingresar al territorio sin necesidad de tramitar una autorización previa, mientras que la Visa Autorizada se puede solicitar desde Panamá y las Visas Estampadas sólo pueden ser solicitadas a través del Consulado panameño respectivo.[/vc_column_text][wgl_spacing spacer_size=”10px”][vc_column_text]En el caso que nos ocupa, los requisitos para solicitar este último tipo de visa estarán sujetos a si el interesado se encuentra dentro o fuera de Venezuela.[/vc_column_text][wgl_spacing spacer_size=”10px”][wgl_double_headings title_color=”#151515″ subtitle_color=”#901656″ subtitle=”Si se encuentra dentro de Venezuela”][vc_column_text]Los requisitos serán los que aparecen en el sitio web del Servicio Nacional de Migración, en la sección de Migración en línea/Cita para Visa Estampada en Consulado.[/vc_column_text][wgl_spacing spacer_size=”10px”][wgl_double_headings title_color=”#151515″ subtitle_color=”#901656″ subtitle=”De encontrarse fuera de Venezuela”][vc_column_text]El interesado deberá dirigirse al Consulado Panameño en dicho país, presentando los requisitos que se requieren para una Visa de Turista; sin embargo, en este último caso, el extranjero deberá ser residente temporal o permanente del país donde lo solicita.[/vc_column_text][wgl_spacing spacer_size=”10px”][vc_column_text]El Gobierno estableció en el Decreto Ejecutivo No. 473, que estas Visas Estampadas podrán ser otorgadas para múltiples entradas y salidas y hasta por el término de tres (3) años. No obstante, su otorgamiento y vigencia dependerá del criterio de verificación de los funcionarios designados[/vc_column_text][wgl_spacing spacer_size=”10px”][vc_column_text]Por otro lado, debemos aclarar que aquellos nacionales de países con requerimiento de Visa Estampada por el Cónsul para ingresar al país, estarán exentos de solicitar esta Visa ante el respectivo Consulado cuando posean Visa para ingresar o Residencia otorgada por alguno de los siguientes países:[/vc_column_text][wgl_spacing spacer_size=”10px”][vc_column_text]
- Estados Unidos
- Australia
- Canadá
- Reino Unido
[/vc_column_text][wgl_spacing spacer_size=”10px”][vc_column_text]Es importante anotar que para este fin, dichas visas deberán ser visas múltiples, haber sido utilizadas de manera previa en el territorio del Estado otorgante y su vigencia no podrá ser menor a un (1) año al momento de ingresar al territorio panameño.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]