Podcast: Investing in Panama – Economic Sectors and Residence
20/08/2021Icaza, González-Ruiz & Alemán ranked in IFLR1000’s 31st edition
02/09/2021[vc_row][vc_column][vc_column_text]
Nuevos requisitos de entrada a Panamá desde el 30 de agosto de 2021
- Viajeros con tarjeta de vacunación con esquema completo (14 días después de la última dosis) no deberán presentar la prueba de COVID-19.
- Viajeros no hayan completado su esquema de vacunación:
- Que provienen de países de bajo riesgo: Deberán presentar una prueba negativa de COVID-19 o realizarla en el punto de entrada.
- Que provienen de países de alto riesgo: Deberán presentar una prueba negativa de COVID-19 o realizarla en el punto de entrada y cumplir una cuarentena de 72 horas.
- Residentes y Nacionales: En su domicilio.
- Turistas: En hotel autorizado.
Los pasajeros nacionales, residentes o extranjeros menores de 12 años, quedarán exonerados de realizarle cualquier tipo de prueba COVID-19 y de cuarentena preventiva de 72 horas si sus padres, tutores o cuidadores cumplen con los requisitos establecidos según el nivel de riesgo epidemiológico del país de procedencia.[/vc_column_text][wgl_spacing spacer_size=”45px”][vc_column_text]
Requisitos de entrada a Panamá a partir del 23 de julio de 2021
De acuerdo con el Decreto Ejecutivo No. 804 del 22 de julio de 2021, a partir de las 12:01 a.m. del día viernes, 23 de julio de 2021, toda persona que ingrese a Panamá por vía aérea, terrestre o marítima, utilizando medios comerciales o privados, deberá presentar previo al abordaje en la aerolínea, el puerto de embarque o la empresa que efectúa el transporte, la Declaración Jurada de Salud Digital, debidamente registrada de manera física y/o digital en la web www.panamadigital.gob.pa que incluye prueba COVID-19 tomada con una antelación de hasta 72 horas a su salida del país de origen.
PROVENIENTES DE PAISES DE ALTO RIESGO
Toda persona nacional, residente o extranjera sin proceso migratorio proveniente o que haya permanecido o transitado por países identificados como de alto riesgo epidemiológico, en los últimos 15 días, quedará exonerada de la cuarentena de tres (3) días y de la prueba molecular a su ingreso al territorio nacional, siempre que haya registrado, de forma física y/o digital, los siguientes documentos:
- Resultado negativo de la prueba COVID-19 (PCR o antígeno), de hasta 72 horas de vigencia, efectuada por un laboratorio certificado, o realizada a su costo, al ingresar al puerto de entrada aéreo, marítimo o terrestre.
- Tarjeta o certificación digital de esquema completo de inmunización con vacunas avaladas por la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) o la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA), igual o mayor a catorce (14) días posteriores a la aplicación de su última dosis.
PROVENIENTES DE PAISES QUE NO SON DE ALTO RIESGO
Toda persona proveniente de países que no son de alto riesgo epidemiológico, sea que cuente o no con tarjeta de vacunación o esquema incompleto de inmunización menor a 14 días posterior a la aplicación de su última dosis, que cumplan con el resultado negativo de la prueba COVID-19 (PCR o antígeno), de hasta de 72 horas de vigencia, efectuada por un laboratorio certificado, o realizada a su costo al ingresar al puerto de entrada aéreo, marítimo o terrestre, con resultado negativo, quedará exonerada de la cuarentena preventiva de tres (3) días y de la prueba molecular.
REQUISITOS DE ENTRADA PARA PASAJEROS SIN TARJETA DE VACUNACIÓN
Toda persona proveniente o que haya permanecido o transitado por países identificados como de alto riesgo epidemiológico, en los últimos 15 días, que no cuente con tarjeta de vacunación o esquema incompleto de inmunización menor a catorce (14) días posteriores a la aplicación de su última dosis, deberá realizarse la prueba COVID-19 en el puerto de entrada y cumplir con cuarentena preventiva de 72 horas en su residencia si es nacional o residente, según criterio de la autoridad sanitaria; y si es extranjero sin proceso migratorio en el país, deberá ingresar a un hotel de vigilancia para viajeros no COVID-19 a costo del Estado, o bien, a un establecimiento hotelero, que haya sido destinado para este propósito por la autoridad sanitaria, cuyo costo será asumido por el viajero.
A partir del 9 de agosto de 2021, toda persona sin proceso migratorio en el país, proveniente o que haya permanecido o transitado por países de alto riesgo epidemiológico, en los últimos 15 días, que no cuente con tarjeta de vacunación o esquema incompleto de inmunización menor a catorce (14) días posteriores a la aplicación de su última dosis, deberá realizarse la prueba COVID-19 en el puerto de entrada y cumplir la cuarentena preventiva de 72 horas , en un establecimiento hotelero que haya sido autorizado por la autoridad sanitaria para este propósito, cuyo costo será asumido por el viajero.
Resultado Positivo
Si el resultado de la prueba es positivo debe cumplir con un aislamiento por catorce (14) días, los nacionales o residentes en sus residencias, según determine la autoridad sanitaria, y los extranjeros no residentes en hotel hospital para viajeros COVID-19, cuyo costo será asumido por el viajero, y efectuarse una prueba PCR-RT para tipificación y análisis efectuada por el Instituto Conmemorativo Gorgas de Estudios de la Salud (ICGES).
Las personas que deban cumplir cuarentena preventiva de 72 horas en establecimientos hoteleros autorizados por la autoridad sanitaria para este propósito, deberán presentar previo a su abordaje en la aerolínea, el puerto de embarque o la empresa que efectúa el transporte, su reserva completa para cumplir con esta medida.
Segunda prueba de COVID-19
Toda persona sin tarjeta de vacunación deberá repetir la prueba de antígeno en un laboratorio validado por el ICGES. De ser negativo el resultado, finalizará la cuarentena y, en caso de ser positivo, la persona deberá cumplir aislamiento de catorce (14) días, los nacionales o residentes en sus residencias, según determine la autoridad sanitaria, y los extranjeros no residentes en hotel hospital para viajeros COVID-19, cuyo costo será asumido por el viajero, y efectuarse una prueba PCR-RT para tipificación y análisis efectuada por el ICGES.
EXCEPCIONES
Se exceptúan de las disposiciones contenidas en este Decreto Ejecutivo, la gente de mar, las tripulaciones técnicas, las tripulaciones auxiliares, los mecánicos de naves o embarcaciones, personal humanitario, así como conductores y los ayudantes de transporte terrestre de carga internacional, los cuales deberán presentar, cada quince (15) días, previo a su registro en el servicio nacional de migración su prueba de hisopado PCR o antígeno con resultado negativo o no detectado por SARS-Co V-2 (COVID 19) con un máximo de 72 horas de vigencia previo a su ingreso al país.
Hoteles de Vigilancia autorizados por el gobierno para llevar a cabo la cuarentena de 3 días:
- Westin Panama
- Westin Playa Bonita
- Hotel Bristol
- Wyndham Panama Albrook Mall
- Hotel Sortis
- Hotel Santa Maria
*Hasta la fecha, Panamá considera países de alto riesgo a la India, Reino Unido, Sudáfrica y países de Sudamérica.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]