COVID-19 Standards Report – Panama
14/04/2022Comisión de Derecho Migratorio
17/04/2022¿Conoces la nueva Ley de Salud Mental en Panamá?
Por medio de la Ley 364 del 6 de febrero de 2023, se desarrolla el derecho humano a la salud mental y se garantiza su cobertura nacional.
Esta Ley tiene como finalidad desarrollar el derecho humano a la salud mental y garantizar su cobertura y atención a nivel nacional mediante la promoción, prevención y tratamiento de los padecimientos mentales.
Sus objetivos principales son:
- Proteger la salud mental y el bienestar de las personas.
- Garantizar el respeto a la dignidad de las personas con padecimientos mentales.
- Garantizar el acceso a servicios de calidad para la atención de la salud mental.
- Asegurar la no discriminación de las personas con padecimientos mentales.
- Prevenir padecimientos de salud mental.
- Reducir los índices de suicidios.
- Reducir los estigmas y prejuicios relacionados con la salud mental.
- Incorporar una perspectiva de derechos humanos en la atención de la salud mental.
Puntos relevantes de la Ley:
- El Estado brindará servicios de atención de salud mental públicos y gratuitos a toda persona que requiera tratamientos para su salud mental.
- Las compañías de seguro no podrán discriminar a personas con padecimientos de salud mental en la contratación de una póliza de seguro de vida o salud.
- Los centros de salud privados que brinden atención a personas con padecimientos mentales, conductuales y del neurodesarrollo no podrán negarse a prestar asistencia psicológica y médica a las personas que presenten una crisis de salud mental.
- Las instituciones educativas públicas y privadas de todos los niveles académicos, organizaciones gubernamentales y entidades públicas planificarán y llevarán a cabo programas educativos que promuevan el bienestar mental, prevención del deterioro mental y sensibilización sobre las personas con problemas de salud mental y en proceso de rehabilitación, especialmente cuando se trate de niños y adolescentes.
El Órgano Ejecutivo reglamentará esta Ley en un período no mayor a seis (6) meses a partir de su promulgación.