ICAZA, GONZALEZ-RUIZ & ALEMAN brinda servicios de asesoría jurídica, litigios y obtención de cualquier tipo de licencia relacionada con la actividad de seguros a varias aseguradoras de gran prestigio en Panamá.

Asesoramos a un gran número de compañías de seguros en sus temas corporativos. En particular verificamos que los requisitos administrativos sean completados y asistimos en el establecimiento de nuevos negocios para una variedad de operaciones de seguros. Adquirimos licencias para productos de vida y servicios no relacionados con vida, aseguradores y re-aseguradores, intermediarios, corredores de aduana y cautivos. Además, tenemos la capacidad de asistir con la documentación requerida respecto a la venta o compra de productos de seguros.

Nuestro equipo de profesionales ha asesorado en transacciones de deudas y financiamiento asegurado, así como para seguros en la industria de embarque.  De igual forma ofrecemos asesoría en temas de seguros a nuestra clientela en las industrias financiera y bancaria.

 
SOBRE EL SECTOR

En la República de Panamá, a septiembre de 2015, operan 30 compañías de seguros que ofrecen una gran variedad de pólizas en los siguientes ramos: salud, robo, fidelidad, incendio, automóviles y fianzas.

Tenemos compañías de seguros locales e internacionales que cuentan con la licencia respectiva otorgada por la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá.

Desde 1996, Panamá adoptó una ley para regular las aseguradoras cautivas cuyo propósito es el de dedicarse exclusivamente, desde una oficina en Panamá, a asegurar o reasegurar riesgos extranjeros particulares o específicos.  La Superintendencia de Seguros y Reaseguros debe otorgar una licencia para este tipo de aseguradora.  Al 31 de octubre de 2014, existen en nuestro país once (11) compañías autorizadas para desarrollar este negocio.

Igualmente, existen siete (7) sociedades que ostentan una licencia de administradoras de aseguradoras cautivas, a fin de que las aseguradoras cautivas tengan un administrador independiente que resida en la República de Panamá para que vele por la buena ejecución y administración de sus negocios.  En los casos en que una administradora de aseguradora cautiva cuente con un administrador, éste será quien suscriba las pólizas de seguro o reaseguro que expida la empresa.

Desde el año 2012, con la entrada en vigencia de la Nueva Ley de Seguros No. 12 de 3 de abril de 2012 deben registrarse en la Superintendencia de Seguros y Reaseguros, las empresas reaseguradoras extranjeras que contratan reaseguros con las aseguradoras autorizadas para operar en Panamá.

Las personas domiciliadas en Panamá sólo pueden contratar con aseguradoras autorizadas, todos los seguros sobre bienes y personas situadas en Panamá.  Hay tres (3) excepciones a esta regla:  i) Que esté previsto lo contrario en tratados internacionales; ii) Si no hay cobertura en Panamá para el riesgo requerido; iii) Cuando todas las aseguradoras de Panamá han rechazado cubrir un determinado riesgo.

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