Descuentos para naves que se abanderen antes del 31 de diciembre de 2015
Nos complace anunciar que en Gaceta Oficial No. 27628 del 24 de septiembre de 2014 se han publicado las resoluciones de la Dirección General de Marina Mercante No. 106-65-DGMM y 106-66-DGMM con importantes incentivos para el sector marítimo y que compartimos a continuación.
ASPECTOS IMPORTANTES DE LA RESOLUCION No. 106-65DGMM
A partir del 17 de septiembre de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2015 toda las naves de nueva construcción con un tonelaje de Registro Bruto superior a 10,000 y cuya construcción haya sido realizada en astilleros de Japón, Hong Kong, República Popular China, Singapur, Corea del Sur, Taiwan, Filipinas, Indonesia, Vietnam, Francia, Alemania, Noruega, Holanda e Italia. Al igual que a los MODUS de nueva construcción que se inscriban en la Marina Mercante hasta el 31 de diciembre de 2015. Para las naves que siendo nuevas no cumplan con lo anterior, aplicarán otros incentivos.
Se otorgará descuentos de hasta el 100% en Derecho de Registro; Tasa Anual Consular; Tasa de Investigación de Accidentes; Tasa de Inspección; Tasa de 0.03% por cada Tonelada Neta.
ASPECTOS IMPORTANTES DE LA RESOLUCION No. 106-66DGMM
Se otorga descuento de hasta el 100% por el término de dos (2) años, a todas aquellas naves que se inscriban en la Marina Mercante Panameña, a partir de la fecha del 17 de septiembre de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2015, para los Derecho de Registro; Tasa Anual Consular; Tasa de Investigación de Accidentes; Tasa de Inspección; Tasa de 0.03% por cada Tonelada Neta.
Este descuento o dispensa se dará bajo ciertas condiciones como:
- Haber estado inscrita previamente en la Marina Mercante panameña;
- Tener un tonelaje de Registro Bruto superior a 10,000 (TNB);
- Menos de 10 años de construcción;
- No encontrarse en la lista de Detención de los MOU’s, ni en la lista del Consejo de Seguridad de la ONU;
- La cancelación del Buque ante el Registro Panameño, no debió ser por causas que afectaban los intereses nacionales.
Las naves que se beneficien de este descuento deberán permanecer por espacio de 5 años registradas en la bandera panameña. En caso de que se cancele antes de dicho termino, deberá pagar todos los derechos y tasas descontadas.
Entre otras consideraciones, es importante resaltar que para estos descuentos (ambas resoluciones) solo aplicarán por el término de un año a partir del abanderamiento, siempre y cuando la nave no se abandere después del 31 de diciembre de 2015.
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