Lo que debes saber sobre la Ley EMMA

Mariela I. de la Guardia Oteiza

Por Mariela I. de la Guardia Oteiza

 

Hace más de diez años, la República de Panamá promulgó y desarrolló el régimen especial para el establecimiento de Sedes de Empresas Multinacionales (SEM), por medio de la Ley 41 de 2007 (Ley SEM), la cual otorga una licencia que permite realizar actividades de administración, contabilidad, logística, finanzas, soporte de operaciones, entre otras actividades, para beneficio de filiales y/o demás empresas del grupo multinacional. Mediante dicha Ley, las Empresas Multinacionales y los trabajadores extranjeros de las mismas pueden recibir beneficios migratorios, laborales y fiscales.

 

En la actualidad, hay 160 empresas multinacionales establecidas con licencia SEM en Panamá, las cuales han generado más de 7,000 empleos y casi $1.2 billones de dólares en inversión. 

 

Con el fin de convertirnos en un país más competitivo y atractivo para la inversión extranjera directa, necesaria para el desarrollo económico y social del país, y dado el éxito del régimen SEM así como la necesidad de las empresas multinacionales de llevar a cabo actividades de manufactura, se promulgó la Ley 159 de 31 de agosto de 2020. Dicha Ley crea el Régimen Especial para el Establecimiento y operación de Empresas Multinacionales relacionadas a la manufactura, mejor conocida como Ley EMMA.  

 

Tomando como base los beneficios de la Ley SEM, la Ley EMMA otorgará una licencia (licencia EMMA) que permite que las multinacionales puedan prestar a su grupo empresarial los siguientes servicios:

  1. La manufactura de productos, maquinaria y equipo.
  2. Ensamblaje de productos, maquinaria y equipo.
  3. Mantenimiento y reparación de productos, maquinaria y equipo.
  4. Remanufactura de productos, maquinaria y equipo.
  5. Acondicionamiento de productos.
  6. Desarrollo de productos, investigación o innovación de productos o procesos existentes.
  7. Análisis, laboratorio, prueba u otros relacionados con la manufactura.
  8. Logística como el almacenaje, despliegue y centro de distribución de componentes o partes.
  9. Cualquier otro servicio análogo.

 

Dicha Ley incluso permite que empresas multinacionales establecidas bajo la licencia SEM puedan solicitar la licencia EMMA sin la necesidad de presentar una nueva solicitud. Los documentos e información se revisarían para acelerar el proceso.

 

La Ley dispone que se debe capacitar a la mano de obra panameña, por lo que se crearán centros de enseñanza técnica a fin de contar con personal calificado para llenar los puestos de trabajo que requerirán las empresas multinacionales que se establezcan bajo el régimen EMMA.

 

Las empresas con licencia EMMA estarán sujetos a un régimen fiscal especial, bajo el cual  (i) solamente deberán pagar el impuesto sobre la renta neta gravable por los servicios prestados a una tarifa de 5%; (ii) no se causará Impuesto de Transferencia de Bienes Muebles y Servicios (ITBMS o IVA en otros países) siempre que los servicios se presten a personas que no generen renta gravable en Panamá; (iii) estarán exoneradas del impuesto de dividendo, impuesto complementario e impuesto de sucursales; (iv) no estarán sujetas al uso de equipos fiscales y no estarán obligadas a obtener un Aviso de Operaciones (equivalente a la licencia comercial en otros países).

 

También están exoneradas de todo impuesto, gravamen, tasa, o derecho de importación sobre todo tipo o clase de mercancía, productos, equipos y demás bienes para la ejecución del servicio.

 

La licencia EMMA otorga beneficios migratorios, tales como visas temporales y permanentes al personal extranjero que trabaje para la Empresa multinacional y sus dependientes. Transcurridos cinco (5) años de aprobada la primera visa de personal permanente, los trabajadores extranjeros pueden optar por la residencia permanente en Panamá.

 

Entre los beneficios laborales, la empresa con licencia EMMA podrá contratar trabajadores para ocupar posiciones de gerentes de niveles altos y medios. También permite que los dependientes de sus trabajadores extranjeros con visa temporal o permanente puedan laborar en Panamá.

 

Además, la Ley EMMA otorga la estabilidad jurídica de las inversiones a las empresas que se establezcan bajo este régimen, garantizando que por 10 años la empresa goce del mismo régimen impositivo y jurídico del que gozaba al momento de obtener la licencia EMMA. Es decir, que en el evento de dictarse nuevas disposiciones legales que puedan variar los derechos adquiridos y obligaciones impositivas al momento de obtener su licencia, éstos no se verán afectadas.

 

Si consideramos los beneficios que otorga la Ley EMMA, nuestro país aporta otros beneficios intangibles como valor agregado que lo hacen un centro para atraer inversiones, tales como nuestra posición geográfica privilegiada, la conectividad con todo el continente por medio del Hub de las Américas, facilidades logísticas, la cercanía entre ambos océanos y el Canal de Panamá. No podemos dejar de mencionar las ventajas en materia de telecomunicaciones, ya que por Panamá convergen siete cables de fibra óptica y cuenta con una infraestructura telemática de primer nivel; así como el huso horario conveniente para los centros comerciales y financieros más importantes del continente. El uso del dólar crea estabilidad económica con índices de inflación muy inferiores, comparados con las monedas de otros países de América Latina. En adición a lo anterior, Panamá es un país políticamente estable, que ha gozado por más de 30 años de alternabilidad en el gobierno.

 

Estamos seguros de que el éxito de la Ley SEM se replicará en el nuevo régimen de la Ley EMMA para desarrollar servicios relacionados a la manufactura en nuestro país.

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