Seychelles: Ley de Beneficiarios Finales, 2020

Nuevos requisitos para las IBCs de Seychelles

 

La Ley de Beneficiarios Finales de 2020 es una nueva legislación que entró en vigor el 28 de agosto de 2020 junto con las Regulaciones de Beneficiarios Finales. La Ley y las Regulaciones imponen nuevos requisitos a las IBCs de Seychelles, que deben cumplirse antes del 31 de enero de 2021:

 

A.  Un nuevo formato para el Registro de Beneficiario Final (RBF)

Se requiere que las IBCs de Seychelles mantengan un RBF en la oficina de su Agente Registrado en Seychelles. Las Regulaciones sobre Beneficiarios Finales incluyen un nuevo formato de RBF que reemplaza el formato anterior requerido bajo la Ley de IBCs.

 

El RBF debe contener la siguiente información con respecto a cada beneficiario final de dicha persona jurídica:

  1. El nombre, dirección residencial, dirección de servicio, fecha de nacimiento y nacionalidad del beneficiario final;
  2. Detalles del interés real de cada beneficiario final, según lo prescrito por las regulaciones;
  3. La fecha en la que la persona se convirtió en beneficiario final;
  4. La fecha en que la persona dejó de ser beneficiario final;
  5. Cuando un propietario nominal mantenga intereses en nombre del beneficiario final:
    • El nombre, dirección residencial, dirección de servicio, fecha de nacimiento y la nacionalidad de cada propietario nominal que mantenga intereses en nombre del beneficiario final y los particulares y detalles de los intereses que mantiene el propietario nominal; y
    • La identidad del nominador, y cuando el nominador sea una persona jurídica, la identidad de la persona natural que en última instancia posee o controla al nominador.

 

B.  El Registro del Beneficiario Final se registrará ante la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF)

Se debe enviar una copia del Registro de Beneficiario Final a la UIF. La información proporcionada se mantendrá bajo estricta confidencialidad y no será de acceso público. Las personas autorizadas a inspeccionar el RBF son los directores de la empresa, miembros o personas cuyos nombres figuren en el RBF (limitado a la inspección del nombre de la persona en el RBF).

 

La empresa que no mantenga un Registro de Beneficiario Final conforme a la sección 5(1) de la Ley del Beneficiarios Finales (BF) o que no mantenga información precisa y actualizada según la sección 5(2) de la ley, comete un delito y está sujeta a una sanción que no sea superior a 50.000 SCR (US$2,500 aprox.) por cada incumplimiento (artículo 5(3)). En caso de contravención de la sección 5(1) o 5(2) de la ley, además de la sanción a la empresa, todo director comete un delito y también será responsable de una sanción que no exceda de 50.000 SCR (US$2,500 aprox.) por cada infracción (artículo 5(4)).

 

Si tiene alguna pregunta sobre este tema, contáctenos a seychelles@icazalaw.com.

Lea el texto completo de la Ley de Beneficiarios Finales de Seychelles [En Inglés]

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