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El permiso de residencia en calidad de Jubilado y Pensionado (antes conocido también como Turista Pensionado), es una categoría migratoria que otorga residencia permanente en Panamá a aquellos extranjeros que cuenten con una jubilación o pensión, recibida ya sea por parte de un gobierno extranjero, un organismo internacional o por una empresa privada.
El requisito principal para solicitar esta categoría es contar con una certificación que pruebe la condición de jubilado o pensionado, emitido por el gobierno, organismo o empresa respectiva, la cual demuestre que el interesado recibe una jubilación no inferior a mil dólares (US$1,000.00) mensuales y que sea vitalicia, lo que implica que la jubilación o pensión debe ser percibida de por vida.
El extranjero que desea aplicar a esta residencia, también puede incluir a sus dependientes (padres, cónyuge e hijos), probando una solvencia económica adicional de doscientos cincuenta dólares (US$250.00) mensuales por cada uno de los dependientes, lo cual se puede demostrar ya sea a través de la pensión o a través de una carta de referencia bancaria local emitida a favor del solicitante principal. Es importante destacar que el monto de mil dólares (US$1,000.00) requerido bajo esta categoría, también puede ser producto de la suma de las pensiones de los cónyuges.
La ley también contempla la posibilidad de que el extranjero solicitante adquiera una propiedad a título personal en el territorio nacional. En ese caso, si la misma es por una suma superior a los cien mil dólares (US$100,000.00), la certificación que demuestre la condición de jubilado o pensionado podrá ser por un mínimo de setecientos cincuenta dólares (US$750.00).
Aparte de obtener Residencia Permanente en Panamá, ¿este permiso me otorga algún otro beneficio?
La residencia permanente en calidad de Jubilado y Pensionado tiene la particularidad de que los costos relacionados con el pago de derechos migratorios son bajos en comparación con otras categorías de residencia y no requiere que se realice una inversión adicional para conseguir la aprobación de la Residencia Permanente.
Por otro lado, debemos destacar que existen beneficios específicos que la Ley le otorga a aquellos extranjeros que cuenten con este Permiso de Residencia de Jubilado y Pensionado aprobado, los cuales listamos a continuación:
- Franquicia arancelaria total para la importación de artículos de uso doméstico o personal por una sola vez hasta por la suma de diez mil dólares (US$10,000.00).
- Franquicia arancelaria total cada dos (2) años para la importación de un vehículo automotor para uso personal o familiar.
- Exoneración del pago de cualquier depósito, gravamen o derecho migratorio en relación con la obtención del Permiso de Jubilado y Pensionado.
Es importante señalar que en Panamá existen además múltiples beneficios otorgados por ley a los nacionales y extranjeros jubilados o pensionados que sean residentes de Panamá, es decir, para aquellas mujeres que tengan cincuenta y cinco (55) años o más y varones de sesenta (60) años en adelante. Hemos resumido a continuación algunos de los beneficios que consideramos de mayor relevancia:
- Descuento del 50% de los precios que se cobren por la entrada a actividades de recreación y entretenimiento, tales como cines, teatros, deportes y demás espectáculos públicos.
- Descuentos en la tarifa de transporte público, de conformidad con siguiente clasificación:
- Un 25% en pasajes aéreos de empresas públicas o privadas nacionales y extranjeras.
- Lanchas y barcos, 30%;
- Trenes, 30%;
- Autobuses interurbanos, 30%;
- Un descuento mínimo en los precios regulares de hoteles, moteles y pensiones así:
- 50% de lunes a jueves.
- 30% los días viernes, sábados y domingos.
- Descuento del 25% del valor del consumo individual de comida en restaurantes.
- Descuento de 15% en los establecimientos de expendio de comidas rápidas con franquicias nacionales e internacionales.
- Descuento de 15% de la cuenta total por servicios de hospitales y clínicas privadas.
- Descuento del 20% del valor de los medicamentos.
- Descuentos en los siguientes servicios médicos así:
- 20% en los honorarios por consultas de medicina general y en especialidades médicas y quirúrgicas;
- 15% por servicios odontológicos; y
- 15% por servicios de optometría.
- Descuento de 50% de los gastos o comisión de cierre en las transacciones de préstamos personales y comerciales que efectúen a su nombre en los bancos, financieras e instituciones de crédito.
- Descuento de 50% del impuesto o Tasa de Aeropuertos.
¿Qué debo hacer si deseo aplicar a este Permiso de Residencia?
Si te interesa aplicar a este tipo de residencia y cumples con los requisitos antes mencionados, aquí te dejamos una lista de pasos resumidos para que puedas dar inicio a tu trámite migratorio.
- Contacta abogados especialistas en la materia. En Icaza, González-Ruiz & Alemán tenemos un departamento completo y exclusivo especializado en asuntos migratorios que te puede asistir con todas las consultas migratorias que tengas y que te acompañará en cada paso y cita ante las instituciones.
- Si aplicarás con dependientes, considera solicitar los certificados de prueba de parentesco (certificados de matrimonio, nacimiento, entre otros), los cuales tendrás que apostillar antes de viajar.
- Si tu pensión o jubilación es otorgada por una empresa privada, hay unos documentos adicionales que deberás aportar. Sigue nuestro link a continuación para que encuentres el listado completo de requisitos para esta categoría.
- Planifica tu viaje a Panamá. Luego de revisados los documentos, estarás listo para realizar el viaje y presentar la solicitud de Jubilado y Pensionado durante tu estadía.
¿Cuánto tiempo debo esperar para que me aprueben la residencia?
Los tiempos que el Servicio Nacional de Migración tome en el análisis de cada solicitud dependerán en gran manera del volumen de solicitudes que tenga la institución, sin embargo, un buen punto de referencia es el carné de trámite que le otorgan al extranjero y dependientes una vez se ha ingresado la solicitud, el cual tiene una validez de seis (6) meses. Este es el tiempo aproximado que toman los trámites de residencia permanente actualmente.