
Reglamento de Sustancia Económica: Decreto Ejecutivo No. 32
08/09/2026Cómo Inscribir a su Empresa en el Programa

Por: Estefanía Guardia – Asociada
¿Qué hace este Decreto Ejecutivo?
Tras la aprobación de la Ley 513 de 2026, el Órgano Ejecutivo emitió el Decreto Ejecutivo No. 1 de 31 de agosto de 2026, que reglamenta dicha ley con la finalidad de mejorar su cumplimiento y alcanzar sus objetivos.
A continuación, detallamos un resumen de los puntos más relevantes de esta reglamentación para su conocimiento:
¿Cómo se inscribe una empresa o entidad?
El MITRADEL habilita un formulario de inscripción que requiere, como mínimo, el nombre de la empresa o entidad no lucrativa, la certificación del Registro Público (persona jurídica), datos del representante legal, aviso de operaciones, RUC y dígito verificador, domicilio, actividad económica, número total de trabajadores en la planilla, la definición del puesto y funciones del pasante, la fecha tentativa de inicio y el contacto administrativo del Programa.
Al formulario deben acompañarse:
- Copia del aviso de operación emitido con no menos de un año de antelación
- Copia del paz y salvo de la Dirección General de Ingresos o del arreglo de pago
- Copia del paz y salvo de la Caja de Seguro Social o del arreglo de pago
- Copia de la planilla de la CSS del mes en curso con el total de trabajadores
- Copia de la póliza de seguro que ofrezca cobertura al pasante, como mínimo, contra riesgos profesionales o accidentes durante la pasantía, en atención a las actividades que realice el mismo.
La Dirección de Empleo verifica los datos y la documentación; completada la verificación, la empresa recibe la comunicación de que su participación fue ingresada al registro. Si la empresa no completa el proceso o no aporta la información requerida, no podrá participar. Además, la empresa debe revisar y actualizar sus datos en el Portal del Programa dentro de los quince días siguientes al cierre de cada trimestre.
El MITRADEL podrá solicitar información adicional si lo considera necesario. En caso de que la empresa o entidad no lucrativa no complete el proceso de inscripción o no remita la información requerida, no podrá participar en el Programa.
¿Cómo se registra e incorpora al pasante?
La participación efectiva se formaliza cuando la empresa registra al pasante en el portal para efectos del acuerdo de participación. La empresa debe ingresar al Portal del Programa los siguientes datos del pasante: nombre completo, cédula, sexo, edad, teléfono, contacto de emergencia, correo electrónico (si dispone), dirección geográfica, diagnóstico o certificación de SENADIS en caso de discapacidad, y la formación académica con copia del título correspondiente. Cuando el pasante sea menor de edad, se requiere además la autorización firmada por el padre, madre o representante legal, con copia de su cédula.
Proceso de selección y contratación del pasante:
El proceso de selección lo realiza directamente la empresa, considerando el perfil, la formación académica y las competencias de los interesados, procurando la equidad, la inclusión de personas con discapacidad y el trato igualitario en el acceso a las plazas. La incorporación de pasantes no debe alterar la estructura regular de empleo ni ocupar funciones idénticas a las de un puesto permanente ni sustituir puestos de trabajo.
Una vez la empresa selecciona al aspirante, procederá a registrarlo en el Portal del Programa.
El acuerdo de participación:
El MITRADEL adopta el formato estándar del acuerdo de participación, que se completa de forma virtual en el portal. Este acuerdo contiene la descripción de las tareas o servicios, el lugar de prestación, la duración, la jornada, el monto y medio de pago de la retribución y la identificación de la persona encargada de supervisar al pasante. Una vez generado, el acuerdo se descarga, se firma por el representante legal de la empresa y por el pasante (o su representante si es menor), y se escanea e ingresa al portal junto con las cédulas de los firmantes. No se iniciará la pasantía mientras el acuerdo no esté registrado en el Portal del Programa.
Reglas de ejecución de la pasantía:
Al iniciar, la empresa realiza una inducción que incluye la presentación del área de trabajo y del tutor, la explicación de funciones, las reglas de convivencia, las normas de seguridad e higiene y los procedimientos para comunicar incidentes o quejas. La empresa designa un tutor o mentor responsable de orientar las tareas, supervisar el desarrollo formativo, reportar incidencias al MITRADEL y participar en las evaluaciones periódicas.
Dicho tutor y los cambios que se hagan a esta figura deberá ser reportado en el Portal del Programa o incluido en el acuerdo de participación.
La duración se fija en el acuerdo y no puede exceder de un año. Además, aplican reglas especiales: la jornada no puede superar cuarenta horas semanales; puede desarrollarse en jornada diurna o mixta de lunes a viernes, y los sábados únicamente en jornada diurna; no comprende jornadas extraordinarias, días feriados ni de duelo nacional; la empresa debe suministrar equipo de protección cuando la tarea implique esfuerzos físicos o exposición a riesgos; el pasante debe guardar confidencialidad sobre procesos y secretos comerciales o industriales; y el pasante no podrá participar en actividades sindicales.
Terminación, certificación y prórroga:
La pasantía termina por cumplimiento del periodo, renuncia del pasante, decisión de la empresa por incumplimientos graves debidamente sustentados, infracciones de la empresa que vulneren la integridad del pasante o los fines del Programa, cierre de la empresa, o mutuo acuerdo comunicado al MITRADEL.
Cuando el periodo inicial sea inferior a un año, la empresa puede registrar una prórroga antes del vencimiento, siempre que la sumatoria del tiempo total no exceda de un año.
Seguimiento, denuncias y sanciones:
El MITRADEL dará seguimiento a la ejecución del Programa y la Dirección de Inspección de Trabajo puede realizar visitas para verificar las condiciones de la pasantía y constatar cualquier acto discriminatorio. Se habilita un canal presencial, virtual o telefónico, accesible y seguro, para denuncias sobre asignación de funciones ajenas al Programa, abusos o acoso, incumplimiento del acuerdo, falta o vencimiento de la póliza, exceso de jornada, o cualquier otra vulneración a la Ley o al reglamento.
La empresa que sustituya empleos formales por pasantes o que exceda el número permitido será sancionada con multa de doscientos cincuenta balboas (B/.250.00) a quinientos balboas (B/.500.00), y en caso de reincidencia el MITRADEL podrá suspender su participación en el Programa.
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